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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Ley 19.234, artículo 13

Texto

    Artículo 13°.- Los exonerados políticos del sector
público que reúnan los requisitos para acogerse el
beneficio de transacción extrajudicial a que se refiere el
artículo 2° y a la pensión no contributiva establecida en
el artículo 6°, deberán optar por uno de estos
beneficios.