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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 19.070, artículo 53

Texto

    Artículo 53.- Las relaciones laborales entre los
profesionales de la educación y los empleadores
educacionales del sector particular, así como aquellas
existentes en los establecimientos cuya administración se
rige por el decreto ley N° 3.166, de 1980, serán de
derecho privado, y se regirán por las normas del Código
del Trabajo y sus disposiciones complementarias en todo
aquello que no esté expresamente establecido en este
Título.