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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 19.070, artículo 27

Texto

    Artículo 27.- La incorporación a una dotación docente
en calidad de titular se hará por concurso público de
antecedentes, el que será convocado por el Departamento de
Administración de la Educación o por la Corporación
Educacional respectiva. Dichos concursos deberán ajustarse
a las normas de esta ley y su reglamento.