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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 18.961, artículo 12

Texto

    Artículo 12.- El Personal de Nombramiento Institucional
de Fila será nombrado en sus respectivos escalafones
exclusivamente de entre los Carabineros Alumnos que hayan
aprobado los cursos de formación policial correspondiente.