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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 18.883, artículo 94

Texto

    Artículo 94.- Las remuneraciones son embargables hasta
en un cincuenta por ciento, por resolución judicial
ejecutoriada dictada en juicio de alimentos o a
requerimiento de la municipalidad a que pertenezca el
funcionario, para hacer efectiva la responsabilidad civil
proveniente de los actos realizados por éste en
contravención a sus obligaciones funcionarias.