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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 18.834, artículo 54 bis

Texto

    Artículo 54 bis.- Un Reglamento contendrá las normas
complementarias orientadas a asegurar la objetividad,
transparencia, no discriminación, calidad técnica y
operación de los concursos para el ingreso, para la
promoción y para cualquiera otra finalidad con que estos se
realicen.