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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 18.834, artículo 90

Texto

    Artículo 90.- Las remuneraciones son embargables hasta
en un cincuenta por ciento, por resolución judicial
ejecutoriada dictada en juicio de alimentos o a
requerimiento del Fisco o de la institución a que
pertenezca el funcionario, para hacer efectiva la
responsabilidad civil proveniente de los actos realizados
por éste en contravención a sus Obligaciones funcionarias.