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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 18.768, artículo 57

Texto

    Artículo 57.- Auméntase el monto del avalúo exento y
de la cuota libre a que se refieren los incisos primero del
artículo 5°, y segundo del artículo 7°, respectivamente,
del decreto ley N° 1.754, de 1977, a la cantidad de
$1.830.000.- a contar del 1° de enero de 1989. El reajuste
dispuesto por el inciso tercero del artículo 5° citado se
aplicará sobre esta cantidad desde el segundo semestre de
1989.