Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 18.768, artículo 5

Texto

    Artículo 5°.- Introdúcense, al inciso tercero del
artículo 11 de la ley N° 18.196, las siguientes
modificaciones:
    a) Sustitúyese, la fecha "1° de diciembre", por "31 de
diciembre", y
    b) Agrégase, en punto seguido, la frase: "Si a tal
fecha el decreto respectivo no hubiere sido suscrito por
alguno o ninguno de estos dos últimos Ministros, regirá el
presupuesto contenido en el decreto expedido por el Ministro
de Hacienda, sin perjuicio de la firma posterior por parte
de él o los Ministros antes señalados."