ley 18.600, artículo 20
Texto
Artículo 20.- La ley de Presupuestos contemplará, cada año, los recursos necesarios para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente ley.
Artículo 20.- La ley de Presupuestos contemplará, cada año, los recursos necesarios para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente ley.