ley 18.591, artículo 90
Texto
Artículo 90.- Intercálase, en el inciso tercero del artículo 29 del decreto ley N° 3.551, de 1980, entre las palabras "respecto" y "de", las siguientes: "de los escalafones de profesionales y".
Artículo 90.- Intercálase, en el inciso tercero del artículo 29 del decreto ley N° 3.551, de 1980, entre las palabras "respecto" y "de", las siguientes: "de los escalafones de profesionales y".