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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 18.591, artículo 22

Texto

    Artículo 22.- Modifícase el decreto ley N° 3.063, de
1979, en la siguiente forma:
    a) En el artículo 38, inciso primero, número 4,
reemplázase la expresión "cincuenta y cinco" por "cuarenta
y cinco".
    b) Intercálase a continuación del número 4 del inciso
primero del artículo 38, lo siguiente:
    "5.- Un sesenta y cinco por ciento de lo que se recaude,
en las Municipalidades de Providencia y Las Condes, por el
pago de patentes a que se refieren los artículos 23 y 32 de
este decreto ley y artículo 140 de la ley N° 17.105."
    c) Sustitúyese en el inciso segundo del artículo 38,
la mención "números 3 y 4" por "números 3, 4 y 5".