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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 18.490, artículo 23

Texto

Artículo 23.- Las pólizas o certificados de seguro que se
emitan conforme a esta ley y las primas y demás operaciones
vinculadas al seguro obligatorio estarán exentos de todo
impuesto, tasa o gravámenes, cualquiera que fuere su
naturaleza.