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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 18.382, artículo 42

Texto

    Artículo 42.- Introdúcense las siguientes
modificaciones a la Ley N° 18.264, a contar de la fecha de
su vigencia:
    a) En el Presupuesto de la Oficina de Planificación
Nacional, Partida 01, Capítulo 04, Programa 01, Glosa 01,
sustitúyese el guarismo "4" por "6".
    b) En el Presupuesto de las Secretarías Regionales de
Planificación y Coordinación, partida 01, Capítulo 05,
Programa 01, Glosa 01, sustitúyese el guarismo "14" por
"18".
    c) En el Presupuesto de la Secretaría y Administración
General del Ministerio del Interior, Partida 05, Capítulo
01, Programa 01, Glosa 05, agrégase la siguiente frase, en
punto seguido: "Con estos fondos se podrán efectuar,
además, transferencias al sector privado para fines
sociales o en casos de emergencias." d) En el Presupuesto de
la Secretaría y Administración General del Ministerio de
Economía, Fomento y Reconstrucción, Partida 07, Capítulo
01, Programa 01, Glosa 02, letra A), sustitúyese el
guarismo "135" por "144".
    e) En el Presupuesto del Servicio de Cooperación
Técnica, Partida 07, Capítulo 16, programa 01, Glosa 02,
letra A), sustitúyese el guarismo "140" por "260".
    f) En el Presupuesto de la Secretaría y Administración
General del Ministerio de Educación Pública, Partida 09,
Capítulo 01, Programa 01, Glosa 05, agrégase la siguente
frase final, en punto aparte: "Con este ítem se podrán
efectuar, además, transferencias a colegios de enseñanza
gratuita para las finalidades que determine por resolución
el Ministerio de Educación Pública."
    g) En el Presupuesto de la Junta Nacional de Jardines
Infantiles, Partida 09, Capítulo 11, Programa 01, Glosa 02,
letra A) sustitúyese el guarismo "4.019" por "4.193".
    h) En el Presupuesto de la Gendarmería de Chile,
Partida 10, Capítulo 04, Programa 01, Glosa 01,
sustitúyese el guarismo "72" por "74".
    i) En el Presupuesto de la Caja de Previsión de la
Defensa Nacional, Partida 15, Capítulo 13, Programa 01,
Glosa 02, letra B), sustitúyese el número de horas:
"2.650" por "13.750".
    j) En el Presupuesto de la Caja de Previsión de
Empleados Particulares, Partida 15, Capítulo 15, Programa
01, Glosa 02, sustitúyese lo dispuesto en la letra A) por
"A) Dotación Máxima de Personal: 1.137.
    k) En el Presupuesto del Servicio de Seguro Social,
Partida 15 Capítulo 18, Programa 01, Glosa 03, sustitúyese
lo dispuesto en la letra A) por "A) Dotación Máxima de
Personal: 2.127".
    l) En el Presupuesto de la Caja de Previsión Social de
los Obreros Municipales de la República, Partida 15,
Capítulo 21, Programa 01, 0Glosa 02, letra A), sustitúyese
el guarismo "94" por "96".
    m) En el Presupuesto de la Subsecretaría de Salud,
Partida 16, Capítulo 01, Programa 01, Glosa 02, letra B),
sustitúyese el número de horas: "10.600" por "15.600".
    n) En el Presupuesto de la partida 50, Tesoro Público,
Capítulo 01, Programa 02, Subsidio, suprímense las glosas
10 y 11.