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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Circular 3608

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Fecha: 15 de julio de 2021

Materia: INFORMACIÓN DE LOS RESULTADOS DEL PROCESO DE EVALUACIÓN DEL D.S. N°67, DE 1999, DEL SUPERVISIÓN (GRIS), DEL LIBRO IX. SISTEMAS DE INFORMACIÓN. INFORMES Y REPORTES, DEL COMPENDIO DE NORMAS DEL SEGURO SOCIAL DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA LEY N°16.744

Tema: Ley N° 16.744

Destinatario: Organismos administradores del Seguro de la Ley N°16.744; Administradores delegados del Seguro de la Ley N°16.744

Observación: Vigencia a partir de la fecha de su publicación.

Acción: Instruye

Vigencia: No Alterado

Fuentes: Artículos 2°, 3°, 30 y 38 letra d) de la Ley N°16.395 y el artículo 12 de la Ley N°16.744; D.S. Nº 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social estimado pertinente instruir el envío de información de los resultados de la aplicación del proceso de evaluación del Decreto Supremo N°67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

Departamento(s): INTENDENCIA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO - REGULACIÓN

Concordancia con Circulares: Título II. Cotizaciones del Libro II. Afiliación y Cotizaciones y del Título II. Gestión de Reportes e Información para la Supervisión (GRIS), del Libro IX. Sistemas de Información. Informes y Reportes, ambos del Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Ley N°16.744

TítuloDetalle
Artículo 2Ley 16.395, artículo 2
Artículo 3Ley 16.395, artículo 3
Artículo 30Ley 16.395, artículo 30
Artículo 38Ley 16.395, artículo 38
Decreto 67 de 2000 del Ministerio del TrabajoDS 67 de 1999 Mintrab
Artículo 12Ley 16.744, artículo 12