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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Circular 3539

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Fecha: 13 de octubre de 2020

Materia: IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE VIGILANCIA DE LA SALUD DE LOS TRABAJADORES INDEPENDIENTES MODIFICA EL TÍTULO II. RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DE LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES Y DE LOS ADMINISTRADORES DELEGADOS DEL LIBRO IV. PRESTACIONES PREVENTIVAS, Y EL TÍTULO I. SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SISESAT) DEL LIBRO IX. SISTEMAS DE INFORMACIÓN. INFORMES Y REPORTES, DEL COMPENDIO DE NORMAS DEL SEGURO SOCIAL DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA LEY N°16.744

Tema: Ley N° 16.744

Destinatario: - Organismos administradores del Seguro de la Ley N°16.744 Copia informativa a: - Empresas con Administración Delegada

Observación: Vigencia 1 de junio de 2021

Acción: Instruye

Vigencia: No Alterado

Fuentes: Artículos 2°, 3°,30 y 38 letra d) de la Ley N°16.395; Artículo 12 de la Ley N°16.744; D.S. N°67, de 2008, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social

Departamento(s): INTENDENCIA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO - REGULACIÓN

Concordancia con Circulares: Compendio de Normas del Seguro de la Ley Nº 16.744

Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
17/11/2021Dictamen 4297-2021Asignación familiar - Ley Sanna - Licencias médicas - Seguro laboral (Ley 16.744) - Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) - Trabajadores independientesTrabajadores independientesLeyes N°s. 16.395 y 21.133