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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 3931-2005

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Fecha: 31 de enero de 2005

Materia: VARIOS

Tema: VARIOS

Destinatario: SUBSECRETARIA DE PREVISION SOCIAL

Fuentes: Ley Nº 16.395


1.- Por Oficio de antecedentes, Ud. expresa que la Subsecretaría del Interior (S) ha informado que la Comisión de Política Migratoria, preparó un documento tipo cuestionario, cuya finalidad es determinar de manera preliminar la situación de los ciudadanos chilenos extranjeros que residen en Chile, frente a las Organizaciones del estado y los servicios que ellos les entregan, a objeto de elaborar un diagnóstico y a partir de ello, una política migratoria concreta para su integración.
En relación a lo expuesto, Ud. solicita contestar la encuesta adjunta físicamente y en archivo word en disquete con los antecedentes pertinentes, individualizando el funcionario de esta Institución, con el fin de coordinar a través de él, las posibles consultas que se puedan generar en el futuro.
2.- REGISTRO DE SERVICIOS PRESTADOS A EXTRANJEROS EN MINISTERIOS Y SERVICIOS PÚBLICOS

Institución Superintendencia de Seguridad Social.
Unidad Responsable de responder el registro
Nombre de funcionario responsable Abogado:
Perspectiva Institucional
1. ¿Entre sus clientes/usuarios/beneficiarios, se encuentran ciudadanos extranjeros?
__X__SI _____NO
Comente: La Superintendencia de Seguridad Social es el Organismo de Enlace para la implementación y fiscalización de los beneficios contemplados y que se otorgan a través de los Convenios de Seguridad Social vigentes con los siguientes países: Alemania, Argentina, Australia, Austria, Bélgica, Brasil, Canadá, Dinamarca, España, Estados Unidos, Francia, Luxemburgo, Noruega, Países Bajos, Perú, Portugal, República Checa, Quebec, Suecia, Suiza y Uruguay.
2. La normativa que rige en su institución para el otorgamiento de beneficios, servicios o bienes
¿establece algún tipo de diferenciación entre usuarios nacionales y extranjeros para el otorgamiento de ellos?
____SI __X___NO
Comente: Las prestaciones establecidas en los citados instrumentos internacionales se otorgan a las personas que están o han estado afiliadas los sistemas de seguridad social de los Estados Contratantes, sin distinción de su nacionalidad.
3. ¿Establece la legislación que regula a su Servicio algún requisito especial para que ciudadanos extranjeros puedan acceder a los beneficios, servicios o bienes que allí se entregan?
____SI __X___NO
Comente: Esta Superintendencia atiende peticiones, reclamaciones y apelaciones de beneficios previsionales y de salud que formulan los trabajadores y la letra b del artículo 3 del Código del Trabajo los define como toda persona natural que preste servicios personales, intelectuales o materiales, bajo dependencia o subordinación. Por tanto, este Organismo Supervisor no establece requisitos especiales a los trabajadores extranjeros.
Perspectiva Práctica
4. ¿Desarrolla su institución alguna política explícita para atender a ciudadanos extranjeros?
_X___SI ____NO
Comente: Este Servicio cuenta con una Oficina de Enlace en la que se tramitan las solicitudes de beneficios de los trabajadores, tanto chilenos como extranjeros y que se han establecidos en los Convenios de Seguridad Social indicados en el punto 1.
5. ¿Podría mencionar los requisitos específicos que su institución define para que un ciudadano extranjero acceda a los beneficios, servicios o bienes que su institución entrega?. ¿son estos requisitos distintos de los que se solicitan a nacionales?
6. ¿Un ciudadano extranjero que no cuente con cédula de identidad para extranjeros, ¿Puede ser atendido y solicitar los beneficios, servicios o bienes que su institución entrega a la comunidad?
___X_SI _____NO
Desarrolle en cualquiera de los dos casos
El trabajador extranjero que registra cotizaciones en un Estado con el cual existe vigente un Convenio de Seguridad Social y, aún cuando no hubiera cotizado en nuestro país, puede presentar su solicitud de pensión en esta Superintendencia y dicha petición es tramitada sin necesidad que el peticionario deba trasladarse al país de origen. Además, si se trata de una pensión de invalidez que deba ser otorgada en el extranjero, se adjuntan los antecedentes médicos que posean las C.O.M.P.I.N.E.S. y si son insuficientes para calificar la incapacidad el otros país puede solicitar que se efectúen nuevos exámenes en nuestro país.
Perspectiva Estadística, Registro de Atenciones.
7. ¿Existe en su institución registros estadísticos de reclamos, sugerencias u opiniones a nivel general?
__X__SI _____NO
Comente: La Superintendencia de Seguridad Social mantiene una Base de Datos de todas las solicitudes presentadas y recepcionadas desde el extranjero según las disposiciones de los citados instrumentos internacionales, clasificada por países, con indicación de su vigencia o término.

8. ¿Se han recibido reclamos, sugerencias, opiniones o consultas de ciudadanos extranjeros en relación con los servicios que su institución brinda a estas personas? Si su respuesta es positiva, indique brevemente cuántos reclamos, sugerencias, opiniones o consultas han sido recibidas por ciudadanos extranjeros en los últimos dos años, los temas más relevantes y nacionalidades más importantes.
____SI __X___NO
Comente: Esta Superintendencia posee un libro de reclamos que está a disposición de todos los usuarios y que se encuentra en la Secretaría General.
9. ¿Ha existido un aumento/disminución de la demanda de beneficios por parte de extranjeros en su institución.? Por favor remitir datos disponibles.
Desde el primero de julio de 2004, con la entrada en vigencia del Convenio de Seguridad Social con Australia ha aumentado considerablemente el ingreso de peticiones de los beneficios en base a ese instrumento internacional.
10. ¿Registra su institución información estadística de los beneficios, servicios, bienes que le han sido entregados a ciudadanos extranjeros? Si su respuesta es positiva, remitir estadísticas e indicar brevemente cuantos beneficios, servicios, bienes han sido recibidas por ciudadanos extranjeros, los temas más relevantes y nacionalidades más importantes.
Esta Superintendencia no cuenta con información estadística de las atenciones prestadas a los ciudadanos extranjeros.
Le agradecemos el responder esta encuesta. La información que nos entrega es importante para el desarrollo de una política migratoria. En caso de que Ud. considere relevante mencionar algún aspecto no contemplado en el instrumento, puede hacerlo a continuación

Boletín SUSESO (1)

Boletín SUSESO 2018 - Número 2

Extranjeros ante la SUSESO - I Parte

Marzo

La migración es un fenómeno global, que genera la necesidad regular el actuar y los derechos y deberes que se reconocen a estas personas, que han salido de su lugar de origen para establecerse en otro, de manera temporal o definitiva. Cada Estado, en virtud del ejercicio de su soberanía, es el encargado de determinar y regular estas condiciones.

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