Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 1280-2017

.

Fecha: 09 de enero de 2017

Tema: SERVICIOS DE BIENESTAR

Destinatario: JEFE DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACIÓN Y EMPLEO

Acción: Instruye

Criterio: Antiguo

Vigencia: No Alterado

Descriptores: prescripción - plazo - hecho constitutivo

Fuentes: Ley N°16.395; D.S. N°s. 28 y 207, de 1994 y 1996, ambos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

Concordancia con Oficios: Oficio N°4265, de 22 de enero de 2016, de esta Superintendencia.


1.- El interesado se ha dirigido a esta Superintendencia, solicitando un pronunciamiento respecto de la procedencia de que el Servicio de Bienestar del SENCE le bonifique el traslado en ambulancia de su hija reconocida como carga familiar. Señala que el cheque con que pagó se lo protestaron.

2.- Por el Oficio de antecedentes, ese Servicio informó que no efectuó el reembolso por ese gasto, porque no fue solicitado antes que transcurrieran seis meses desde el 18 de noviembre de 2014, fecha en la que se emitió la factura, por concepto de traslado en ambulancia, por un monto de $ 1.080.353. Agrega, que el correspondiente pago se efectuó el 8 de enero de 2016 y la ISAPRE bonificó $ 38.923, siendo el copago $1.041.430.

3.- Al respecto, el Reglamento del Servicio de Bienestar del SENCE, contenido en el D.S. N°207, de 1996, citado en Fuentes, contempla el beneficio de traslado de enfermos, en la letra ñ), de su artículo 10°.

A su vez, el artículo 18° de dicho Reglamento, establece que el derecho a solicitar los beneficios que concede el Servicio de Bienestar del SENCE caduca luego de transcurridos seis meses desde la fecha en que haya ocurrido el hecho constitutivo de la causal que se invoque para solicitarlos.

En la especie, si bien la factura se emitió el día 18 de noviembre de 2014, el interesado sólo pudo proceder al pago de la misma el 8 de enero de 2016, siendo éste el hecho constitutivo de la causal invocada, porque es cuando incurrió efectivamente en el gasto, ya que sólo a partir de ese instante el afiliado estaba en posibilidad de solicitar el beneficio, lo que efectuó el mismo mes de enero, esto es, dentro de plazo.

En consecuencia, con el mérito del informe aportado, esta Superintendencia manifiesta que procede que el Servicio de Bienestar del SENCE otorgue al afiliado, el beneficio de que se trata.

Boletín SUSESO (1)

Boletín SUSESO 2017 - Número 2

Servicios de Bienestar del Sector Público

Marzo

Los servicios de bienestar del Sector Público, son entidades cuyo objeto es contribuir al bienestar del trabajador cooperando a su adaptación al medio y a la elevación de sus condiciones de vida.