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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 21258-2013

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Fecha: 04 de abril de 2013

Tema: CCAF

Destinatario: PARTICULAR

Acción: Instruye

Criterio: Antiguo

Vigencia: No Alterado

Descriptores: CREDITO SOCIAL - seguro - condonación - mora

Fuentes: Ley N° 18.833



1.- Mediante e-mail de antecedentes, el Servicio Nacional del Consumidor envió a esta Superintendencia su presentación de 1° de febrero de 2013, en la cual Ud. solicita revisar el crédito que mantiene con la CCAF Los Héroes, ya que al momento de otorgárselo no le informaron la cantidad de cuotas y que incluía dos seguros, por lo que considera que terminará de pagar el triple de lo solicitado.

2.- Sobre el particular, esta Superintendencia remite a Ud. copia de la Carta, citada en antecedentes, mediante la cual la CCAF Los Héroes emite un informe respecto de su situación crediticia y de su deuda pendiente de pago.

En cuanto a la reprogramación que hace referencia la CCAF Los Héroes, producto de que el Instituto Previsión Social (I.P.S.) no efectuó el descuento en su pensión de las 7 primeras cuotas, la Caja para no generar una morosidad en su caso debió reprogramar su crédito, lo cual en la práctica ha significado extender el plazo del crédito, al mismo valor cuota pactado y sin aumentar el número de las mismas, no generando intereses como tampoco gastos de cobranza. Por lo tanto, la última cuota quedó diferida para el mes de mayo de 2016.

En relación con los gastos de otorgamiento, esta Superintendencia le informa que los gastos de notaria e impuesto de timbre y estampillas son gastos necesarios para la formalización del crédito. El seguro de desgravamen es de carácter obligatorio, puesto que la Caja de Compensación debe cautelar la recuperación del dinero entregado en préstamo ante el eventual fallecimiento del deudor. Adicionalmente, usted contrató el Servicio de Asistencia el que no es obligatorio, pero Ud. al firmar y estampar su huella dactilar le otorgó validez legal a éste, de tal forma que su valor pasó a ser parte del crédito otorgado por la CCAF Los Héroes.

Dicho lo anterior, y en estricta relación con el fondo de su solicitud se puede señalar que el crédito en su otorgamiento se ajustó a la normativa vigente, cuyas condiciones fueron aprobadas por Ud. al momento de suscribir los respectivos documentos (solicitud de crédito, pagaré y comprobante de pago del crédito) y cuya copia se le adjunta, donde constan su firma e impresión dactilar en señal de conformidad.

3.- Con el mérito de lo anteriormente expuesto, y sin que exista objeción en el proceder de la CCAF Los Héroes, esta Superintendencia estima atendida su presentación.