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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 52889-2008

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Fecha: 07 de agosto de 2008

Tema: LICENCIAS MÉDICAS

Destinatario: PARTICULAR

Fuentes: D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud


1.- Mediante Prov. de antecedentes el Sr, Jefe del Gabinete del Ministro del Trabajo y Previsión Social ha remitido el Memorándum INPR2007-74004, de la Asesora de Gestión y Correspondencia Gabinete Presidencial Presidencia de la República que adjunta su mensaje vía casilla electrónica "Escríbele a la Presidenta" reclamando el no pago de los subsidios por incapacidad laboral relativas a sus licencias médicas una previa al pre- natal, la otra generada por el pre-natal y la última correspondiente al post -natal.

Expone que la Subcomisión de Medicina Preventiva e Invalidez de Valparaíso a la fecha de su mensaje no le había liberado las licencias médicas ya individualizadas porque le pidieron informes complementarios que perdieron por lo que debió presentarlos nuevamente y debió apelar posteriormente para que se la aprobaran.

Agrega que está muy complicada no tiene dinero y a su vez tiene a su otra hija de 5 años y a su marido con licencia, enfermedad que ha implicado mayor gasto.

2.- Requerida al efecto, la Subcomisión de Medicina Preventiva e Invalidez de Valparaíso informó que no existen licencias médicas pendientes de ese período, por el contrario, están todas las licencias médicas autorizadas y enviadas a la Caja de Compensación de Asignación Familiar La Araucana para su pago.

Adjunta listado maestro de licencias médicas que individualiza sus licencias médicas discontinuas desde el 06 de enero de 2007 hasta el 19 de febrero de 2008, todas autorizadas, con excepción de la Licencia N°2-21431976, en que solicitó informe y exámenes.

3.- Requerida al efecto la Caja de Compensación de Asignación Familiar informó que efectuada la revisión de los antecedentes que obran en su poder usted registra las siguientes licencias médicas pagadas:

Nº DE LICENCIA PERIODO FECHA DE PAGO
19033500 9 AL 19 DE MARZO DE 2007 11 DE ABRIL DE 2007
19033507 20 AL 29 DE MARZO DE 2007 30 DE ABRIL DE 2007
18556530 10 AL 14 DE MAYO DE 2007 20 DE JUNIO DE 2007
20133161 15 AL 28 DE MAYO DE 2007 6 DE JULIO DE 2007
20491402 30 DE MAYO AL 4 DE JUNIO DE 2007 31 DE JULIO DE 2007
20585460 5 AL 9 DE MAYO DE 2007 13 DE AGOSTO DE 2007
20585478 10 AL 14 DE JULIO DE 2007 13 DE AGOSTO DE 2007
20133270 20 DE JULIO AL 2 DE AGOSTO DE 2007 17 DE AGOSTO DE 2007
20133282 3 AL 13 DE AGOSTO DE 2007 29 DE AGOSTO DE 2007
21393373 16 AL 31 DE AGOSTO DE 2007 12 DE DICIEMBRE DE 2007
20133224 PRE-NATAL 1 DE SEPTIEMBRE AL 12 DE OCTUBRE DE 2007 12 DE DICIEMBRE DE 2007
20994485 POST-NATAL 10 DE OCTUBRE DE 2007 AL 1 DE ENERO DE 2008 9 DE ENERO DE 2008
20491135 3 AL 9 DE ENERO DE 2008 7 DE MARZO DE 2008
20491137 10 AL 19 DE ENERO DE 2008 7 DE MARZO DE 2008
21431959 21 AL 25 DE ENERO DE 2008 7 DE MARZO DE 2008
21431964 26 DE ENERO AL 1 DE FEBRERO DE 2008 7 DE MARZO DE 2008

Esa Caja informa además que las licencias médicas que no han sido pagadas debido a que se encuentran en poder de la Subcomisión de Valparaíso, sin contar a la fecha del informe con resolución de dicha entidad son:

- 21431976, desde el 2 al 9 de febrero de 2008,
- 21431942, desde el 2 al 16 de abril de 2008.
- 21847501, desde el 8 al 16 de abril de 2008.
- 22227567, desde el 29 de mayo al 8 de junio de 2008.
- 22227586, desde el 9 al 14 de junio de 2008.
- 21847567, desde el 15 al 29 de junio de 2008.

Agrega que usted registra tres licencias médicas autorizadas por la Subcomisión y recibidas en esa Caja, (21598000 del 24 al 28 de marzo de 2008; 20996483 del 17 de abril al 05 de mayo de 2008 y 21819717 del 08 al 28 de mayo de 2008.), pero no ha sido posible cursar los pagos debido a que las licencias anteriores no han sido resueltas aún por la Subcomisión.

Por último, en cuanto a su reclamo por el no pago del subsidio por incapacidad laboral correspondiente a la licencia médica previa al pre natal cuyo período es 16 al 31 de agosto de 2007, aclara que el referido subsidio fue cobrado por usted, en Agencia Valparaíso de esa Caja, con fecha 12 de diciembre de 2007, junto con otros 3 pagos, cuyas copias de comprobante adjuntó.

4.- Sobre el particular, cabe señalar que de acuerdo a los antecedentes tenidos a la vista, especialmente lo informado por la Subcomisión de Medicina Preventiva e Invalidez de Valparaíso y lo informado por la Caja de Compensación de Asignación Familiar, los subsidios por incapacidad laboral reclamados se encuentran pagados, por lo que se considera suficientemente atendida su presentación.

Sin perjuicio de lo anterior, por oficio de esta misma fecha, se ha solicitado a la Subcomisión de Medicina Preventiva e Invalidez de Valparaíso, informe sobre las licencias médicas N°21431976, desde el 2 al 9 de febrero de 2008; Nº21431942, desde el 2 al 16 de abril de 2008; N°21847501, desde el 8 al 16 de abril de 2008; N°22227567 desde el 29 de mayo al 08 de junio de 2008; N°22227586, desde el 09 al 14 de junio de 2008 y N°21847567 desde el 15 al 29 de junio de 2008, que se encontrarían pendientes de resolución, según lo informado por la Caja de Compensación de Asignación Familiar