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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 27388-2007

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Fecha: 27 de abril de 2007

Tema: LICENCIAS MÉDICAS

Destinatario: PRESIDENTE SUBCOMISIÓN DE MEDICINA PREVENTIVA E INVALIDEZ METROPOLITANA SUR

Fuentes: D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud


1.- Ha recurrido a esta Superintendencia la trabajadora, reclamando en contra de lo resuelto por esa Subcomisión, que le rechazó su licencia médica Tipo 7, N° XXXX, con diagnóstico "amenaza de parto prematuro" por 21 días de reposo a contar del 4 de febrero de 2007, por incumplimiento de reposo.

Manifiesta que en su licencia médica se consigna como lugar de reposo el N°1, correspondiente a su domicilio, sin embargo, el domicilio al cual concurrió el fiscalizador en su visita domiciliaria corresponde a su anterior domicilio.

Expone que en los últimos días de enero de 2007, debió cambiarse de domicilio, debido a que toda su familia vive en el sector, por su diagnóstico decidieron arrendar en el sector de su familia.

Agrega que, efectivamente las anteriores licencias médicas contemplan su anterior domicilio, sin embargo esta última licencia señala expresamente su nuevo domicilio.

Adjunta copia de licencia médica N° XXXX, carta de Caja de Compensación que comunica el rechazo de su licencia y copia de acta de visita domiciliaria.

2.- De los antecedentes tenidos a la vista se pudo constatar que la licencia médica N° XXXX, ha sido rechazada por esa Subcomisión por incumplimiento de reposo.

3.- Sobre el particular, esta Superintendencia cumple en manifestar que en la especie no hubo incumplimiento de reposo, puesto que la visita domiciliaria destinada a constatar su cumplimiento se efectuó en otro lugar distinto al señalado en la Sección A. 4.

En la especie, según el informe de visita domiciliaria, ésta se efectuó el día 13 de febrero de 2007, a las 15.20 hrs. en el domicilio, en circunstancias que la licencia ya individualizada contempla el actual domicilio de la interesada, lugar en el cual no existe constancia que se haya efectuado visita domiciliaria.

4.- Por lo expuesto, se instruye a esa Subcomisión que modifique su resolución anterior y autorice la licencia médica de la interesada N° XXXX. De lo obrado deberá comunicarse a la interesada y a la entidad pertinente para que proceda al pago del correspondiente subsidio por incapacidad laboral.