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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 60602-2005

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Fecha: 06 de diciembre de 2005

Tema: ASIGNACIÓN FAMILIAR

Destinatario: DIRECTOR HOSPITAL DE LEBU

Fuentes: D.F.L. Nº 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Soci; D.F.L. Nº 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social

Concordancia con Circulares: Circular Nº 1065, de la Superintendencia de Seguridad Social


Ud. recurrió a esta Superintendencia solicitando se le informe a que entidad compete el pago de asignación familiar de un trabajador que ha sido despedido por su empleador y se encuentra haciendo uso de licencias médicas.
Sostiene que tal situación corresponde a la de un paciente a quien se está pagando subsidios por incapacidad laboral, por parte de la Unidad de Licencias Médicas de ese establecimiento.
Sobre el particular, esta Superintendencia declara en primer término que, conforme a lo dispuesto en el artículo 15 del D.F.L. N° 44, citado en fuentes, los trabajadores a quienes se ha puesto término a su contrato de trabajo encontrándose, entonces, en uso de licencia médica, gozarán de subsidio por incapacidad laboral hasta el término de aquélla o de las licencias continuadas que se le otorguen, vale decir, sin solución de continuidad y por una misma causa médica.
En tanto gocen del referido subsidio, mantendrán la calidad de beneficiarios de asignación familiar, al amparo de lo dispuesto en el artículo 2 letra c) del D.F.L. N° 150, en relación con el artículo 13 del mismo cuerpo legal.
En lo que respecta a la materia de su consulta, el inciso 2° del artículo 33, previene que las asignaciones familiares y maternales que correspondan a los beneficiarios de subsidio, serán pagadas directamente por las instituciones que paguen tales beneficios en la misma oportunidad que éstos.
No obstante, la misma disposición faculta a este Servicio para disponer, por razones de orden administrativo, que tales asignaciones sean pagadas por los empleadores o por otras instituciones o entidades.
En ejercicio de esa facultad, esta Superintendencia dictó la Circular N° 1065, de 1988, que imparte instrucciones sobre las entidades obligadas a pagar el beneficio en cuestión, regulando, en su párrafo N° 2, la situación de los beneficiarios de subsidios por incapacidad laboral, cuyo es el caso.
Conforme a su numeral 2.1, en tanto un trabajador mantenga la calidad de dependiente, el pago de la asignación corresponde al propio empleador quien posteriormente compensará dichas cantidades con la administradora del régimen de asignación familiar correspondiente.
No habiéndose normado en ese instructivo, la situación de aquéllos que han perdido la calidad de trabajadores dependientes - encontrándose, a la sazón, en uso de licencia médica - es menester concluir que, en tal caso, procede aplicar la norma general consagrada en el referido inciso 2° del artículo 33, por lo que corresponde a la entidad pagadora del subsidio por incapacidad laboral, vale decir, en este caso, la Unidad de Licencias Médicas de ese establecimiento, el pago conjunto del beneficio de asignación familiar

Fecha de publicaciónTítuloTemasResumenFuentes
30/06/2009Circular 2542Asignación familiarAsignaciones Familiar y Maternal. Imparte instrucciones sobre los nuevos Montos que regirán a contar del 1°de Julio de 2009.D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 18806; Ley N° 18987; Ley N° 19152; Ley N° 19350; Ley N° 19728; Ley N° 20359
30/05/2008Circular 2460Asignación familiarAsignaciones Familiar y Maternal. Imparte Instrucciones sobre los nuevos montos que regirán a contar del 1° de Julio de 2008.D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 18806; Ley N° 18987; Ley N° 19152; Ley N° 19350; Ley N° 19728; Ley N° 20233
17/05/2007Circular 2375Asignación familiarAsignaciones Familiar y Maternal. Imparte instrucciones sobre los nuevos montos que regirán a contar del 1° Julio de 2007.D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 18806; Ley N° 18987; Ley N° 19152; Ley N° 19350; Ley N° 19728; Ley N° 20143
13/06/2005Circular 2213Asignación familiarAsignaciones Familiar y Maternal. Imparte instrucciones sobre los nuevos Montos que regirán a contar del 1 °de Julio de 2005.D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 16744; Ley N° 18806; Ley N° 18987; Ley N° 19073; Ley N° 19152; Ley N° 19350; Ley N° 19728; Ley N° 19985;
03/06/2004Circular 2136Asignación familiarASIGNACIONES FAMILIARES Y MATERNAL. IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE LOS NUEVOS MONTOS QUE REGIRAN A CONTAR DEL 1 DE JULIO DE 2004.D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 18806; Ley N° 18987; Ley N° 19073; Ley N° 19152; Ley N° 19350; Ley N° 19917
27/06/2003Circular 2060Asignación familiarASIGNACIONES FAMILIARES Y MATERNAL. IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE LOS NUEVOS MONTOS QUE REGIRÁN A CONTAR DEL 1 DE JULIO DE 2003.D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 18806; Ley N° 18987; Ley N° 19073; Ley N° 19152; Ley N° 19350; Ley N° 19843
10/06/2002Circular 1999Asignación familiarASIGNACIONES FAMILIAR Y MATERNAL. IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE LOS NUEVOS MONTOS QUE REGIRÁN A CONTAR DEL 1 DE JULIO DE 2002.D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 19775, artículo N° 21; Ley N° 19811, artículo N° 2.
14/05/2002Circular 1991Asignación familiarPAGO DE LA ASIGNACIÓN FAMILIAR A LOS TRABAJADORES DE LA LOCOMOCIÓN COLECTIVA. (LEY N° 19.785) IMPARTE INSTRUCCIONES AL INSTITUTO DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL Y A LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR.Ley N° 19785, artículo 4.
12/06/2001Circular 1912Asignación familiarASIGNACIONES FAMILIAR Y MATERNAL. IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA APLICACION DEL ARTICULO 21 DE LA LEY N° 19703.DFL N° 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 18806; Ley N° 18987; Ley N° 19073; Ley N° 19152; Ley N° 19350; Ley N° 19703, artículo N° 21.
04/06/1998Circular 1653Asignación familiarAsignaciones Familiar y Maternal. Imparte instrucciones para la Aplicación del Artículo 3° de la Ley N° 19.564.D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 18806; Ley N° 18987; Ley N° 19073; Ley N° 19152; Ley N° 19350; Ley N° 19564
03/06/1997Circular 1584Asignación familiarASIGNACIONES FAMILIAR Y MATERNAL. IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 3° DE LA LEY N° 19.502.D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 18806; Ley N° 18987; Ley N° 19073; Ley N° 19152; Ley N° 19350; Ley N° 19502
05/06/1996Circular 1496Asignación familiarASIGNACIONES FAMILIAR Y MATERNAL. IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 3 ° DE LA LEY N° 19.457.D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 18806; Ley N° 18987; Ley N° 19073; Ley N° 19152; Ley N° 19350; Ley N° 19457, artículo N° 3
16/06/1995Circular 1417Asignación familiarASIGNACIÓN FAMILIAR Y MATERNAL. IMPARTE INSTRUCCIONES PARA APLICACIÓN ARTICULO 3° DE LA LEY N°19.392.D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 18987; Ley N° 19073; Ley N° 19152; Ley N° 19350; Ley N° 19392
14/01/1988Circular 1065Asignación familiarASIGNACIONES FAMILIARES DE SUBSIDIADOS. IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE ENTIDADES OBLIGADAS A PAGAR EL BENEFICIO.D.F.L. N° 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.F.L. N° 338, de 1960, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 3500, de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 18611.
19/10/1987Circular 1057Asignación familiarASIGNACIÓN FAMILIAR DE SUBSIDIADOS. IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE ENTIDADES OBLIGADAS A PAGAR EL BENEFICIO.Ley N° 18611, cuyo artículo N° 12 letra c) modificó el artículo N° 33 del D.F.L. N° 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.F.L. N° 338, de 1960, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 16744
Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
27/12/2018Dictamen 60601-2018Asignación familiar - Licencias médicasCompensaciónD.F.L. N° 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
25/04/2016Dictamen 24643-2016Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)Prescripción asignación familiarD.F.L. N°1, de 2005, del Ministerio de Salud.
11/11/2015Dictamen 71535-2015Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)Reconocimiento de causantesD.F.L. N°150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
08/03/2012Dictamen 16157-2012Asignación familiarEmpleador - Pago - SubcontrataciónD.F.L. N°150, de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
15/05/2003Dictamen 15345-2003Asignación familiar  
28/01/1994Dictamen 1181-1994Asignación familiar D.F.L. Nº 150, de 1981
31/05/1988Dictamen 4368-1988Asignación familiar Ley Nº 18.611; D.F.L. Nº 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley Nº 16.744; D.F.L. Nº 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley Nº 14.139; Ley Nº 16.575; Ley Nº 18.469; D.F.L. Nº 338, de 1960
10/03/1988Dictamen 1968-1988Asignación familiar D.F.L. Nº 150, de 1980; Ley Nº 18.611

Circulares citadas

1065

Vea además:

Dictámenes SUSESO