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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 4839-1992

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Fecha: 25 de mayo de 1992

Tema: Ley N° 16.744

Destinatario: DEPARTAMENTO PREVENCIÓN DE RIESGOS BANCO DEL ESTADO DE CHILE

Fuentes: D.S. Nº 54, de 1969, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley Nº 16.744, Ley Nº 19.069; D.F.L. Nº 2, de 1967, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social


USTED SE HA DIRIGIDO A ESTA SUPERINTENDENCIA EFECTUANDO CONSULTAS RELACIONADAS CON EL FUERO LABORAL QUE BENEFICIA A TRABAJADORES QUE INTEGRAN LOS COMITES PARITARIOS DE HIGIENE Y SEGURIDAD Y RESPECTO DE LA NATURALEZA DEL COMITE PARITARIO PERMANENTE DE HIGIENE Y SEGURIDAD.

SOBRE EL PARTICULAR, ESTE ORGANISMO, ANTES DE EMITIR UN PRONUNCIAMIENTO, ESTIMO CONVENIENTE SOLICITAR UNA OPINION A LA DIRECCION DEL TRABAJO RESPECTO DEL ALCANCE QUE HA DADO, A SU JUICIO, DEBE DARSE AL INCISO QUINTO DEL ARTICULO 32 DE LA LEY Nº19.069, NORMA QUE DISPONE TEXTUALMENTE QUE "SI EN UNA EMPRESA EXISTIESE MAS DE UN COMITE, GOZARA DE ESTE FUERO UN REPRESENTANTE TITULAR EN EL COMITE PARITARIO PERMANENTE DE TODA LA EMPRESA, SI ESTUVIESE CONSTITUIDO; Y EN CASO CONTRARIO, UN REPRESENTANTE TITULAR DEL PRIMER COMITE QUE SE HUBIESE CONSTITUIDO. ADEMAS, GOZARA TAMBIEN DE ESTE FUERO, UN REPRESENTANTE TITULAR DE LOS TRABAJADORES EN LOS COMITES PARITARIOS DE HIGIENE Y SEGURIDAD CONSTITUIDOS EN FAENAS, SUCURSALES O AGENCIAS EN QUE TRABAJEN MAS DE DOSCIENTAS CINCUENTA PERSONAS".

AL RESPECTO, LA MENCIONADA DIRECCION HA SEÑALADO QUE, DEL ANALISIS CONJUNTO DEL ARTICULO RECIEN MENCIONADO SE INFIERE QUE SI EN UNA EMPRESA EXISTIERE SOLO UN COMITE PARITARIO DE HIGIENE Y SEGURIDAD CONSTITUIDO, UNO DE LOS REPRESENTANTES TITULARES DE LOS TRABAJADORES ANTE DICHO COMITE, GOZARA DE FUERO LABORAL HASTA EL TERMINO DE DICHO MANDATO.

ASIMISMO, SE COLIGE QUE SI EN LA EMPRESA EXISTIERE MAS DE UN COMITE PARITARIO, GOZARA DE FUERO UN MIEMBRO TITULAR DE LOS TRABAJADORES DEL COMITE PARITARIO PERMANENTE SI ESTE SE HUBIERE CONSTITUIDO Y EN EL EVENTO DE NO EXISTIR TAL COMITE, DICHA PRERROGATIVA RECAERA EN UN REPRESENTANTE TITULAR DE LOS DEPENDIENTES DEL PRIMER COMITE QUE SE HUBIERE FORMADO EN LA EMPRESA.

AGREGO QUE, POR ULTIMO, DE LA NORMA LEGAL EN COMENTO SE DESPRENDE, QUE EXISTIENDO EN LA EMPRESA MAS DE UN COMITE PARITARIO, EL FUERO LABORAL QUE LOS MISMOS ESTABLECEN, NO SOLO BENEFICIA A UN REPRESENTANTE TITULAR DE LOS TRABAJADORES, ANTE EL COMITE PARITARIO PERMANENTE, O EN SU DEFECTO, A UNO DEL MAS ANTIGUO EXISTENTE EN ELLA, SINO TAMBIEN A UN REPRESENTANTE TITULAR DE LOS TRABAJADORES EN LOS COMITES PARITARIOS CONSTITUIDOS EN FAENAS, SUCURSALES O AGENCIAS DE LA MISMA, SIEMPRE QUE EN ESTAS LABOREN MAS DE DOSCIENTAS CINCUENTA PERSONAS.

COMO ES DABLE APRECIAR, EL ARTICULO 32 DE LA LEY Nº19.069 EN ANALISIS, PERMITE LA COEXISTENCIA DE DIVERSOS REPRESENTANTES TITULARES DE LOS TRABAJADORES ANTE LOS COMITES PARITARIOS DE HIGIENE Y SEGURIDAD CON DERECHO A FUERO LABORAL, EN LA MEDIDA QUE EN UNA EMPRESA SE HUBIEREN CONSTITUIDO DICHOS COMITES EN FAENAS, SUCURSALES O AGENCIAS DE LA MISMA EN QUE LABOREN MAS DE DOSCIENTOS CINCUENTA TRABAJADORES. DE CONSIGUIENTE, EN LAS EMPRESAS EN QUE EXISTIERE MAS DE UN COMITE PARITARIO, EL NUMERO DE REPRESENTANTES TITULARES DE LOS TRABAJADORES ANTE DICHOS ORGANISMOS CON DERECHO A IMPETRAR LA PRERROGATIVA DEL FUERO LABORAL, DEPENDERA DE LA EXISTENCIA DE COMITES CONSTITUIDOS EN FAENAS, SUCURSALES O AGENCIAS EN QUE PRESTEN SERVICIOS MAS DE DOSCIENTAS CINCUENTA PERSONAS, TODA VEZ QUE, EN CASO CONTRARIO, GOZARAN DE TAL BENEFICIO SOLO UN REPRESENTANTE TITULAR DE LOS TRABAJADORES, ESTO ES, UN MIEMBRO DEL COMITE PARITARIO PERMANENTE, O BIEN UN REPRESENTANTE DEL PRIMERO QUE SE HUBIERE CONSTITUIDO.

SOBRE EL PARTICULAR, ESTE ORGANISMO PUEDE SEÑALAR QUE CONCUERDA CON LO SEÑALADO POR LA DIRECCION DEL TRABAJO, EN ORDEN A QUE, EN EL EVENTO DE QUE EN UNA EMPRESA EXISTIERE MAS DE UN COMITE PARITARIO DE HIGIENE Y SEGURIDAD, GOZARA DE FUERO LABORAL UN REPRESENTANTE TITULAR DE LOS TRABAJADORES DEL COMITE PARITARIO PERMANENTE SI ESTUVIERE CONSTITUIDO O BIEN UN MIEMBRO DEL PRIMER COMITE QUE SE HUBIERE FORMADO SI AQUEL NO EXISTIERE; TENIENDO DERECHO, ADEMAS, A DICHA PRERROGATIVA UN REPRESENTANTE TITULAR DE LOS TRABAJADORES DE CADA COMITE PARITARIO CONSTITUIDO EN FAENAS, SUCURSALES O AGENCIAS EN QUE LABOREN MAS DE DOSCIENTAS CINCUENTA PERSONAS.

POR ULTIMO, EN CUANTO A LAS FUNCIONES DEL COMITE PARITARIO PERMANENTE DE HIGIENE Y SEGURIDAD, CONFORME A LO PREVISTO EN EL ARTICULO 26 DEL D.S. Nº54, DE 1969, DEL MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL, DEBE SEÑALARSE QUE ESTE TIENE LA SUPERVIGILANCIA DEL FUNCIONAMIENTO DE LOS COMITES PARITARIOS QUE SE ORGANICEN EN LAS FAENAS, SUCURSALES O AGENCIAS Y EJERCE, SUBSIDIARIAMENTE, LAS MISMAS FUNCIONES QUE ESTOS ULTIMOS, RIGIENDOSE EN TODOS LOS DEMAS ASPECTOS POR LAS MISMAS DISPOSICIONES REGLAMENTARIAS. DE ESTA MANERA, SE TRATA DE UN COMITE PARITARIO DE HIGIENE Y SEGURIDAD MAS, PERO CON PODER DE SUPERVIGILANCIA RESPECTO DEL FUNCIONAMIENTO DE LOS OTROS EXISTENTES EN UNA MISMA EMPRESA Y SUS MIEMBROS DURAN DOS AÑOS EN SUS FUNCIONES, SIN PERJUICIO DE PODER SER REELEGIDOS.

TítuloDetalle
Artículo 32ley 19.069, artículo 32