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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 1517-1991

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Fecha: 20 de febrero de 1991

Tema: ASIGNACIÓN FAMILIAR

Destinatario: COORDINADORA BIENESTAR EMPRESA DE CORREOS DE CHILE, ANTOFAGASTA

Fuentes: D.F.L. Nº 150, de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social


Usted a consultado a esta Superintendencia si una funcionaria de una Empresa y afiliada a una Caja de Compensación, puede invocar como causante de asignación familiar a su madre de 62 años de edad, soltera (por nulidad de su matrimonio), quien vive a sus expensas.

Por su parte, la C.C.A.F. informó que la madre de que se trata no cumple con el requisito de ser mayor de 65 años de edad que exige el artículo 3º del D.F.L. Nº 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, para que los ascendientes puedan ser invocados como causantes de asignación familiar.

Al respecto, esta Superintendencia manifiesta que conforme a lo dispuesto en el artículo 3º del citado decreto con fuerza de ley, la madre puede ser invocada como causante de asignación familiar en dos calidades: como madre viuda y como ascendiente mayor de 65 años de edad.

Atendido que la madre de que se trata anuló su matrimonio, actualmente tiene el estado civil de soltera por lo que sólo podrá ser invocada como causante de dicho beneficio por su hija, una vez que cumpla los 65 años de edad.