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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 2616-1987

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Fecha: 05 de mayo de 1987

Tema: SERVICIOS DE BIENESTAR

Destinatario: DIRECTOR SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO SUR ORIENTE

Observación: Oficio modificado por Dictamen 2417-2021

Fuentes: D.S. Nº 722, de 1955, del ex Ministerio de Salud Pública y Previsión Social; D.S. N° 75, de 1980, del ex Ministerio de Salud Pública y Previsión Social


Ese Servicio de Salud ha consultado a esta Superintendencia sobre la procedencia de que su Servicio de Bienestar otorgue a un ex-afiliado suyo beneficios por ayudas cuyos hechos constitutivos de la causal que se invoca para solicitarlo se produjeron con anterioridad a su renuncia a ese Servicio de Salud.
Hace presente que el afiliado en cuestión renunció el 1 de marzo de este año, y presentó su solicitud de beneficio el 17 del mismo mes por hechos ocurridos en enero de este mismo año.
Al respecto, esta Superintendencia puede informar que el Artículo 2 del Reglamento de ese Servicio de Bienestar contenido en el D.S. Nº75, de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, señala que los Servicios de Bienestar de los organismos que integran el sistema Nacional de Servicio de Salud pueden conceder las prestaciones contempladas en ese Reglamento a sus afiliados y cargas familiares.
Por tanto, una vez que se ha dejado de estar afiliado al Servicio de Bienestar no procede que éste otorgue beneficios ni aun cuando el hecho constitutivo de la causal que se invoque para solicitarlos sea anterior a la desafiliación

Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
24/06/2021Dictamen 2417-2021Servicios de BienestarBeneficio - Servicios de BienestarD.S. N°28 de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.