Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 2339-1987

.

Fecha: 24 de abril de 1987

Tema: LICENCIAS MÉDICAS

Destinatario: SERVICIO DE SALUD VALPARAISO - SAN ANTONIO

Fuentes: D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N° 16395

Concordancia con Circulares: Circular Nº 1014, de 1987


Se hace necesario reiterar lo señalado en el punto Nº 5, de la Circular Nº 1014, de 1987, de esta Superintendencia, respecto a que en los casos en que el gasto real en subsidios es inferior a monto máximo autorizado como giro de mes, la institución giradora deberá depositar el excedente en la cuenta corriente Nº 901721-6 Subsidios por Reposo Maternal del Banco del Estado de Chile antes del día 16 del mes siguiente al que corresponde la información. Lo anterior significa que es esa Entidad la que debe efectuar el depósito y remitir luego a esta Superintendencia la fotocopia del comprobante de depósito

Fecha de publicaciónTítuloTemasResumenFuentes
29/04/1987Circular 1027Asignación familiarCOMPLEMENTA INSTRUCCIONES DE LA CIRCULAR N° 1014, DE 1987 RESPECTO A FORMA DE OPERAR CON EL FONDO ÚNICO DE PRESTACIONES FAMILIARES Y SUBSIDIOS DE CESANTÍA.D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
26/01/1987Circular 1014Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)SUBSIDIOS POR REPOSO MATERNAL. IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE FORMA DE OPERAR CON EL FONDO ÚNICO DE PRESTACIONES FAMILIARES Y SUBSIDIOS DE CESANTÍAD.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; DFL. N°150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N°18591; Ley N°18418
Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
21/07/1980Dictamen 2339-1980Seguro laboral (Ley 16.744) Ley Nº 16.744
27/06/1978Dictamen 2339-1978Asignación familiar D.L. N° 307, de 1974; D. N° 75, de 1974, Previsión; Ley N° 12.446

Circulares citadas

1014

Vea además:

Dictámenes SUSESO