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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 658-1986

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Fecha: 24 de enero de 1986

Tema: LICENCIAS MÉDICAS

Destinatario: SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO ORIENTE

Fuentes: D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud


De los antecedentes clínicos y radiológicos pertinentes se ha podido establecer que el recurrente sufrió en Junio de 1983 la fractura del fémur derecho, practicándosele una osteosíntesis con clavo. En Julio de 1983 se comprobó desplazamiento y dolor en el punto de inserción del clavo que limita su actividad; por lo que se decidió esperar un momento más oportuno para retirar el clavo. Para dicha intervención aparece citado en Enero de 1985, pero en el hecho no se practicó por cuanto existe constancia fechada el 30 de julio de 1985, que "no se ha sacado clavo endomedular hasta que existan condiciones de consolidación completa".
Por lo expuesto se puede concluir que durante el 1º y el 30 de abril de 1985, período de reposo que abarcaba la licencia médica objetada aún no existían las condiciones de consolidación necesarias para retirar el clavo insertado sin peligro de una refractura, por lo que medicamente se justifica la licencia otorgada.
Sin embargo, como la licencia de que se trata fue emitida el 10 de abril de 1985 y, por ende, presentada a Tramitación fuera de plazo fijado por el artículo 11 del D.S. Nº 3, de 1984, del M. de Salud, pero durante su período de vigencia, procede que ese servicio se pronuncie acerca de los motivos de fuerza mayor que hayan podido impedir que dicho documento fuera presentado oportunamente