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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 1648-1985

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Fecha: 20 de febrero de 1985

Tema: SERVICIOS DE BIENESTAR

Destinatario: DIRECTOR SERVICIO DE SALUD LLANQUIHUE-CHILOE Y PALENA

Fuentes: D.L. Nº 2.763, de 1979; D.L. Nº 3.475, de 1980

Concordancia con Oficios: Oficio Ord. N° 227, de 14 de enero de 1985, del Servicio de Impuestos Internos


No procede que el Servicio de Bienestar del Servicio de Salud Llanquihue Chiloé y Palena se exima del impuesto de timbres y estampillas por los cheques propios que emita para pago de beneficio a sus afiliados.
Por Oficio Nº 227, de 14 de enero de 1985, el Servicio de Impuestos Internos ha hecho presente que la norma liberatoria establecida en el Nº 1 del artículo 23º, del Decreto Ley Nº 3.475, de 1980, es de naturaleza personal y exime al Fisco, por lo que solamente pueden solicitarla aquellas instituciones o servicios del Estado que gozan de la personalidad jurídica de aquél.
Es del caso que, de acuerdo a lo establecido en el inciso segundo del artículo 16º del Decreto Ley Nº 2.763, de 1979, todos los servicios de salud que en dicha norma se mencionan, entre los que se incluyen los solicitantes, gozan de personalidad jurídica propia y por ende no participan de la personalidad jurídica del Fisco, razón por la cual no resulta procedente la aplicación, en la especie, de la exención impetrada.