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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 11706-1985

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Fecha: 15 de octubre de 1985

Tema: LICENCIAS MÉDICAS

Destinatario: SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO ORIENTE

Fuentes: D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud.


Esta Superintendencia cumple con manifestar que los antecedentes tenidos a la vista dan cuenta que la recurrente entregó la licencia médica de que se trata a su empleador "Hospital del Salvador" el 11 de abril del presente año, esto es, una vez transcurrido el término establecido en el artículo 11º del D.S. Nº 3, pero, en todo caso, durante su período de vigencia.
En consecuencia, corresponde que el Servicio de Salud Metropolitano Oriente, al tenor de lo dispuesto en el artículo 56 del Reglamento, califique si los motivos por los cuales la afectada entregó extemporáneamente dicha licencia a su empleador, el referido establecimiento hospitalario, constituyen a su juicio caso fortuito o fuerza mayor y si, por ende, procede autorizarla o mantener el rechazo.
Finalmente, cabe señalar, en relación con los fundamentos aducidos por la mencionada COMPIN para rechazar la licencia, que el citado artículo 56º es aplicable solamente al trabajador, en aquellas situaciones en que éste entrega la licencia médica al empleador una vez transcurrido el plazo establecido para tal efecto en el artículo 11º, pero durante la vigencia de la misma