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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 3565-1983

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Fecha: 03 de octubre de 1983

Tema: SERVICIOS DE BIENESTAR

Destinatario: DIRECTOR DEL SERVICIO DE SALUD ÑUBLE

Fuentes: Ley Nº 11.764; D.S. Nº 722, de 1955, del ex.-Ministerio de Salud Pública y Previsión Social; D.S. Nº 75, de 1980 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social


Es posible que el Servicio de Salud de que se trata pueda adquirir la casa de huéspedes y la entrega en administración a su Bienestar, conforme lo autoriza el inciso cuarto del artículo 35, del D.S. Nº 75, de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que contiene el Reglamento de los Servicios de Bienestar de los organismos que integran el Sistema Nacional de Servicios de Salud.
Del mismo modo, se podrá bonificar parte del traslado de los hijos de los afiliados del Bienestar al jardín infantil, si conforme a los dispuesto en el inciso 2 del artículo 35 del Decreto Supremo ya señalado, se otorgara como ayuda al jardín infantil

Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
19/10/1978Dictamen 3565-1978Seguro laboral (Ley 16.744) Ley Nº 16.744; Ley Nº 6.037