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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 2529-1982

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Fecha: 21 de septiembre de 1982

Tema: LICENCIAS MÉDICAS

Destinatario: SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO ORIENTE

Fuentes: D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; D.S. N° 202, de 1981, del Ministerio de Salud


Se hace presente que el DS. Nº 202, de 1981, del Ministerio de Salud, confiere a las autoridades competentes diversas facultades destinadas a obtener los antecedentes que sean necesarios para la visación de las licencias médicas.
El art. 19º del citado cuerpo reglamentario establece que: "Una vez recepcionado el formulario de licencia, procederá a examinar si se consignan los antecedentes requeridos para su resolución. En caso de faltar alguno, procederá a devolverlo de inmediato al empleador, para que se complete dentro del plazo de 24 horas".
En consecuencia, procede que el Servicio requiera al empleador y no al trabajador