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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 3951-1980

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Fecha: 11 de diciembre de 1980

Tema: CCAF

Destinatario: UNA CAJA DE COMPENSACIÓN

Fuentes: D.F.L. Nº 42, de 1978, Previsión; D. Nº 91, de 1978, Previsión


Comunica que ha tomado conocimiento de acuerdo de esa Caja que castiga créditos sociales incobrables que corresponden a personas que se han retirado de las empresas y han cambiado de domicilio lo que hace impracticable la cobranza judicial y que no tiene observaciones respecto de los créditos correspondientes a prestamos concedidos con anterioridad a la vigencia del Decreto 91, de 1978. En cuanto a los concedidos con posterioridad a ese Decreto, señala que deberán hacerse efectivas las cauciones a que se refiere el art. 9 del Reglamento Particular del Régimen de Prestaciones de Crédito Social de esa Caja.

Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
24/01/2017Dictamen 3951-2017Seguro laboral (Ley 16.744)Prestaciones preventivasLey N° 16.744.
23/05/1991Dictamen 3951-1991Cajas de Compensación Ley Nº 18.833; Ley Nº 18.840; D.L. Nº 3.500, de 1980