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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 2358-1978

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Fecha: 29 de junio de 1978

Tema: Ley N° 16.744

Destinatario: MUTUAL DE SEGURIDAD

Fuentes: Ley Nº 16.744; D.L. Nº 307, de 1974; D. Nº 75, de 1974, Previsión; Ley Nº 16.395


Veta acuerdo de esa Mutualidad que considera como estudios técnicos aptos para el otorgamiento de las pensiones de supervivencia a los hijos mayores de 18 años, a que se refiere el Art 47 de ley 16744, los cursados regularmente en los establecimientos indicados por el Ministerio de Educación en la nómina que menciona el Art 26 del D 75, de 1974, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Señala que la norma del Art 47 de ley 16744 es más amplia que la del Art 3 del 307, de 1974, por lo que es improcedente el acuerdo objetado.

TítuloDetalle
Artículo 47Ley 16.744, artículo 47