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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Sobre accidentes de trayecto

Es el ocurrido en el trayecto directo (tanto de ida como de regreso) entre la habitación y el lugar de trabajo. Así como aquel que ocurre en el trayecto directo entre dos lugares de trabajo de distintos empleadores. En este caso, quien debe otorgar las prestaciones médicas es el centro asistencial de su Organismo Administrador (Mutualidad de Empleadores o ISL) del empleador/a al que se dirigía el trabajador/a.