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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

¿Qué hacer ante un accidente de trayecto?

Acudir al centro de atención de la mutual o del ISL, según corresponda (en el caso de no requerir ambulancia). Debe explicar que se trata de un accidente de trayecto e informar al empleador/a apenas sea posible.

El empleador/a debe dar aviso antes de 24 horas de conocido el accidente al ISL o a la mutual correspondiente, a través del formulario de Denuncia Individual de Accidente de Trabajo (DIAT).

Si el empleador/a no presenta la DIAT o las circunstancias en que ocurrió el accidente impiden que tome conocimiento del mismo, el trabajador debe concurrir por sus propios medios, debiendo ser atendido de inmediato.

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