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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

¿Desde qué día se pagan los subsidios por incapacidad laboral de origen común?

Hay que distinguir. Si la licencia médica tiene una duración de 11 o más días se pagan desde el primer día.Por el contrario, si la licencia médica tiene una duración inferior a 11 días, se pagan desde el cuarto día.

En todo caso puede ocurrir que habiéndose otorgado una primera licencia médica inferior a 11 días de reposo, es decir, con carencia por los tres primeros días, se concedan seguidamente otra u otras licencias continuadas y por el mismo diagnóstico, que sumen más de diez días, caso en el cual se debe reliquidar el primer subsidio y pagarlo desde el primer día de incapacidad laboral.

Vea además:

Subsidios por incapacidad laboral de origen comúnRégimen de Licencias médicas y Subsidios por incapacidad laboral (SIL)