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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

¿Quién paga las atenciones médicas recibidas por la ocurrencia del accidente del trabajo, de trayecto o una enfermedad profesional?

La mutualidad (ACHS, IST o MUSEG) o el ISL, según corresponda, deberá brindarle el tratamiento adecuado de manera gratuita.

Esto incluye atención médica, quirúrgica, dental, hospitalización, medicamentos, prótesis y aparatos ortopédicos, rehabilitación física, reeducación profesional y traslado cuando el médico tratante así lo determine.

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