Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

¿Cuáles son las características de este seguro Ley N°16.744?

a. Es obligatorio para las entidades empleadoras y para los trabajadores independientes que obtengan rentas del trabajo de las señaladas en el artículo 42 N°2 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

b. Se rige por el principio de la automaticidad de las prestaciones, esto es, el trabajador está cubierto por el seguro desde el mismo momento en que comienza a trabajar, incluso cuando se dirige desde su casa a su trabajo por primera vez, aun cuando no se haya escriturado su contrato de trabajo ni se hayan pagado las cotizaciones provisionales, o el empleador se encuentre en mora en el pago de las mismas.

Este principio solo opera respecto de los trabajadores dependientes, puesto que los trabajadores independientes, tanto obligados como voluntarios, deben cumplir ciertos requisitos para tener derecho a la cobertura del Seguro de la Ley N°16.744.

c. Es integral ya que contempla prestaciones preventivas, médicas y económicas.

Vea además:

¿Qué es la seguridad social?Todo sobre los accidentes del trabajoTodo sobre los accidentes de trayectoTodo sobre las enfermedades profesionales¿Qué hacen las Mutuales?Prestaciones médicasPrestaciones preventivasSubsidio por incapacidad laboral temporalIndemnización por incapacidad permanente parcialPensión por invalidezPensión de sobrevivencia por causa de muerte