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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Superintendencia instruye a Mutualidades y Cajas de Compensación a implementar medidas de prevención y seguridad en las zonas afectadas por terremoto.

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17 de septiembre de 2015

Santiago 17 Septiembre de 2015.

La Superintendencia de Seguridad Social instruyó a Mutualidades (organismos administradores de la Ley 16.744) y a las Cajas de Compensación de Asignación Familiar (CCAF) a implementar medidas de prevención y seguridad en las zonas afectadas por el terremoto que afectó al país este miércoles 16 de Septiembre.

En el marco del terremoto, grado 8.4 en la escala de richter que afectó al país y los psunamis posteriores que azotaron a la zona costera, la Superintendencia de Seguridad Social, instruyó a los organismos administradores de la Ley N° 16.744 de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, para que implementen medidas de prevención y seguridad en las zonas afectadas por la catástrofe.

Asimismo, instruyo a las Cajas de Compensación de Asignación Familiar (CCAF) a adoptar medidas en relación al cobro de las cuotas de créditos sociales de sus afiliados, tanto trabajadores como pensionados de las zonas afectadas por el terremoto.

La medida que tiene como objetivo ayudar a la situación aflictiva que podrían enfrentar los trabajadores y pensionados a lo largo del país, contempla que las CCAF podrán suspender el cobro de las cuotas de crédito social a sus afiliados, trasladando los dividendos al término del plazo del servicio de la deuda, sin que ello implique un costo adicional para los afiliados.

Esta Superintendencia informa que ha generado las condiciones para que las C.C.A.F. puedan otorgar créditos sociales, en condiciones más favorables, incluyendo flexibilidad en los pagos, períodos de gracia, tasas de interés menores a las vigentes al momento de su concesión, efectuando reprogramaciones con un costo menor para el afiliado.

Finalmente, las Cajas de Compensación podrán destinar, entre otras, prestaciones adicionales especiales, consistentes en bonos en dinero y en especie, así como también prestaciones adicionales de salud para ayudar a sus afiliados afectados por la catástrofe.

Mutualidades deben contar con una adecuada red de atención de salud en las zonas afectadas

La Superintendencia de Seguridad Social remitió un oficio a las Mutualidades e Instituto de Seguridad Laboral instruyendo tomar las medidas pertinentes para dar máxima difusión de recomendaciones de salud y seguridad en el trabajo a las empresas adherentes en las zonas afectadas, en particular en la Región de Coquimbo. Lo anterior con la finalidad de prevenir la ocurrencia de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales en los trabajadores de dicha zona.

Estas recomendaciones deberán indicar, al menos, las prácticas seguras durante el proceso de recuperación de las condiciones de saneamiento básico de los lugares de trabajo, en particular en relación a los peligros de inestabilidad estructural y riesgos eléctricos.

Asimismo, instruye a los organismos administradores de la ley de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales que deberán gestionar lo necesario para contar con una adecuada red de atención de salud en las regiones y comunas afectadas, manteniendo informado a las entidades empleadoras de los lugares habilitados para la atención de salud de los trabajadores que puedan verse afectados por accidentes o enfermedades laborales.

El oficio, indica tener especial consideración en la calificación de origen de los accidentes y enfermedades denunciadas dada la situación acontecida.

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