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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Con licencia para ser papá

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17 de agosto de 2015

El caso de Fernando Arancibia sentó un precedente luego que la Superintendencia de Seguridad Social le reconociera el derecho como padre a ser beneficiario del postnatal de su hija, tras la muerte de su pareja.

El 23 de enero de 2015 la familia Arancibia Tapia recibía, en un centro asistencial de Coquimbo, a una nueva integrante. La segunda hija de la pareja conformada por Fernando y Cecilia llegaba a alegrar sus vidas y a dasafiarlos nuevamente a ser padres.

Cecilia, como muchas otras dueña de casa, se hizo cargo de la crianza de sus hijos, mientras Fernando, de profesión ingeniero comercial y supervisor de ventas en una empresa de distribución de gas, aportaba el único ingreso familiar.

Sin embargo, el destino les jugó una mala pasada cambiando absolutamente el curso de sus vidas. A comienzos de marzo un aneurisma cerebral le arrebató la vida a Cecilia, dejando al jefe de familia solo con las dos niñas y la gran misión de ser padre y madre a la vez.

En un comienzo no supo qué hacer, sin embargo rápidamente debió asumir todas las responsabilidades: llevar a su hija mayor al colegio, hacer las tareas, los controles médicos de su pequeña bebé, trámites laborales y sociales tras el fallecimiento de su cónyuge, diligencias que requerían tiempo y que por su trabajo no podía realizar de la forma más expedita.

Fue el encargado de personal de su trabajo quien le propuso que podía tomar licencia médica por postnatal, por lo cual se dirigió a la Inspección del Trabajo para ver si podían informarle de los derechos a los cuales podía optar.

"Ahí me encontré con que no tenían idea de los procedimientos ni los derechos que tiene el hombre en este caso. Incluso se pusieron a buscar en el Código del Trabajo frente a mí, sin darme respuesta alguna", explica.

Decepcionado de la falta de información de la institución de la cual esperada alguna respuesta, continuó su recorrido en el Instituto de Previsión Social, donde tampoco encontró acogida.

"Pensé que al estar en una isapre, lo que más me convenía era ir a hablar con ellos, ya que eran los que me iban a reembolsar la licencia. Ellos, obviamente, me dijeron que no tenía derecho". Fernando apeló a la aseguradora, quienes vieron su caso en Comisión Médica y decidieron entregarle una licencia médica por postnatal parental (tres meses). Sin embargo, después de un tiempo, la isapre reconsideró el caso y le informó que no cubrirían la licencia, recuerda el afectado.

Se sienta un precedente

Su última carta fue recurrir a la Superintendencia de Seguridad Social. La institución recibió el caso, lo estudio y tras analizar varios argumentos jurídicos fallaron en su favor, obligando a la isapre a pagarle la licencia médica y respetar su derecho a postnatal. Un beneficio que en este caso no fue otorgado ni cedido por su mujer, como suele pasar cuando ésta -trabajadora dependiente independiente cotizante- fallece durante el parto o el postnatal. En este caso la situación sentaba un precedente, ya que Cecilia no estaba adscrita a un sistema de cotización previsional, por ende carecía de ese derecho.

Según explica la Intendenta de Beneficios Sociales de la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso), Romy Schmidt, uno de los argumentos que usó la institución para otorgar el beneficio, fue la modificación realizada en julio de 2014 al Código del Trabajo. La Ley 20.764 establece los derechos a permisos, descanso y subsidio en materia de maternidad y tras la modificación incluyó a la figura del padre como beneficiario, bajo el nuevo título de: "protección de la maternidad, paternidad y vida familiar".

Schmidt agrega que "no es lo único que tomamos en consideración, pero es algo importante. De alguna manera una orientación hacia dónde van estas normas, que no son sólo para proteger a la maternidad, hay otros derechos que van en protección de la paternidad y de la vida familiar".

El dictamen emitido el 15 de julio por la Suseso, tiene el valor histórico de reconocerle al padre, por su naturaleza, el derecho a optar a licencia médica por postnatal, independiente de si su difunta mujer tenía o no derecho a ese beneficio.

Un "triunfo" que permitió a Fernando realizar todos los trámites médicos circunscritos a la patología de su hija menor, quien nació con labio leporino, lo que ha requerido de intervenciones quirúrgicas, que lo han obligado a viajar de Coquimbo a Viña del Mar en varias ocasiones.

"Sin el postnatal, hacer el viaje médico y todos los trámites, además de la contención que he debido entregarle a mi hija mayor por la muerte de mi señora, habrían sido imposibles. Esos días me sirvieron para levantarme anímicamente, contener y ponerme al día con todas las tareas que hacía mi mujer", indica.

A Fernando se le reconoció el derecho a postnatal desde el 16 de marzo hasta el 24 de abril, período en que la isapre tendrá que cancelar el subsidio. Actualmente se encuentra haciendo uso de su derecho de postnatal parental, el que se otorga al padre o a la madre, después de las primeras 12 semanas permiso, el que pactó con su empleador para trabajar sólo mediodía.

Un predecente que para el director jurídico de la Corporación Padres por Siempre, Carlos Michea, "es efectivamente un hallazgo en el criterio de instituciones del Estado, porque viene a confirmar que la figura paterna es relevante en la vida de un hijo. En ausencia de la madre, el hombre puede suplir esa carencia, es un avance del Estado de Chile en ese aspecto, porque, lamentablemente, a quien se le reconoce solamente esa facultad de cuidar a los hijos es a la mujer y todo el ordenamiento jurídico está orientado en ese sentido. Para nosotros es un logro y un reconocimiento para la figura paterna", concluyó.

Fuente: La Tercera

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