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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ds 65 de 1992 mintrab

Encabezado

    ESTABLECE EL PRESUPUESTO PARA LA APLICACION DEL SEGURO CONTRA RIESGOS DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES PARA EL AÑO 1992
    Santiago, 9 de diciembre de 1991.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm 65.- Vistos: Lo dispuesto en la Ley N° 16.744, sobre seguro social contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, especialmente en sus artículos N°s. 14, 15, 19, 21, 24, 72 y 1° transitorio, en los artículos N°s. 25 y 1° transitorio del D.L. N° 3.501, de 1980, y en la ley N° 18.689, y Teniendo presente:
    Las disposiciones del Reglamento General de dicha ley, aprobado por decreto N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, particularmente las consignadas en los artículos 25, 36, 37, 39, 41, 42 y 43 y el artículo 5° del decreto N° 313, de 1972, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
    Los antecedentes proporcionados por la Superintendencia de Seguridad Social en su Oficio N° 10.382, de 29 de noviembre de 1991 y lo prescrito en el N° 8 del artículo 32 de la Constitución Política de la República,
    Decreto:

Promulgación

    Tómese razón, comuníquese y publíquese.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- René Cortázar Sanz, Ministro del Trabajo y Previsión Social.- Jorge Jiménez de la Jara, Ministro de Salud.
    Lo que transcribo a U., para su conocimiento.- Saluda a U.- Martín Manterola Urzúa, Subsecretario de Previsión Social.